
Santiago Cordero
Los hechos del fútbol
EL día tres de noviembre de 1977 los ponentes de la Constitución española tomaron una relevante decisión: “Por lo que se refiere a la materia de la amnistía, se acuerda no constitucionalizar este tema”. La referencia a este acuerdo es crucial medio siglo después cuando el Tribunal Constitucional se dispone a debatir del borrador de sentencia –también llamado ponencia– que ha elaborado la magistrada granadina Inmaculada Montalbán y que propone que la Corte de Garantías avale la constitucionalidad de la ley de amnistía exigida por los independentistas que cometieron delito de sedición en 2017 para investir en noviembre de 2023 a Pedro Sánchez, quien –como todo el PSOE– la consideraba incompatible con la Carta Magna hasta que fue la única vía de mantenerse en el poder tras perder las elecciones: una transacción corrupta porque compró los votos con impunidad penal.
Los denominados padres de la Constitución tuvieron claro que dentro del marco normativo de un sistema democrático no cabía dotar a los poderes Ejecutivo y/o Legislativo de la potestad para revocar decisiones del poder Judicial.
Pero la interpretación que hace el borrador de sentencia es que todo lo que la Constitución no prohíbe está al alcance de ser decidido por el legislador. Este criterio nos sitúa ante un escenario, como han alertado prestigiosos juristas, de mutación constitucional. Si se quiere dar carta de naturaleza a cuestiones que deliberadamente los constituyentes dejaron fuera del texto validado por los españoles en 1978, la única vía legal de hacerlo es mediante la reforma de la Constitución y por los cauces que esta misma arbitra.
Ante lo que estamos es ante el uso del constructivismo jurídico como método para avalar los desmanes de un Gobierno, que retuerce el marco de convivencia para sostenerse en el poder, y que sólo puede hacerse con el apoyo del grupo de magistrados del Constitucional que lidera Cándido Conde-Pumpido.
La ponencia que debería valer es la aprobaba en noviembre de 1977, lo que significa que fue un acuerdo tomado con mucha antelación al cierre de la Constitución, y no la que anticipa una sentencia que supone subvertir la separación de poderes: es una ponencia para la mutación. Y si, como parece, se ejecuta, estamos ante la espoleta que puede hacer estallar todo nuestra estructura institucional, porque no habrá ninguna garantía de que las mutaciones se sucedan para servir al interés personal de Sánchez, dispuesto a todo para seguir en el poder.
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